Requisitos para inscribir la defunción de un ciudadano en Venezuela



     El cierre del expediente civil único de una persona forma parte de la consecuencia del registro del acta de defunción o transcurridos 130 años desde su nacimiento, conforme al artículo 56 de la Ley Orgánica del Registro Civil.

   En el Registro Civil los horarios de atención al público frecuentemente son desde las 8 y 30 am en adelante y en algunos casos hasta la 1:30 pm de lunes a viernes, tomando en consideración que reciben un número limitado diarios de usuarios que pueden ser atendidos y por orden de llegada, y para los retiros de documentos son otros días que se debe consultar en cada Registro, tiene horas y días específicos, por ejemplo desde las 11 am a 1:30 pm de lunes a jueves.

1. Se debe acompañar en formato original el certificado de defunción emitido por el organismo público correspondiente, que establece de manera oficial el fallecimiento de una persona.
2. Copia fotostática de la cédula de identidad del fallecido.
3. Original y copia fotostática de la cédula de identidad de la persona que está declarando el hecho del fallecimiento.
4. Original y copia fotostática de la cédula de identidad de dos (2) testigos, quienes tienen que ser mayor a 18 años.
5. En el caso del fallecimiento de una persona de identidad desconocida que no fue posible comprobarse y se presuma la comisión de un hecho punible, debe acompañarse la comunicación o notificación del suceso realizada al Ministerio Público.